SLP Conduce Ya . Com

SLP Conduce Ya . Com Escuela de manejo en San Luis Potosí. Dedicados a capacitar a grandes conductores.
(5)

18:35 horas Un vehículo más que sufre en la representación del suelo lunar que tenemos en el eje 134. Es una lástima que...
04/07/2026

18:35 horas

Un vehículo más que sufre en la representación del suelo lunar que tenemos en el eje 134.

Es una lástima que tantos impuestos que se le cargan a la industria no sirvan para reparar las calles

Ojalá que el motor de la economía potosina nunca deje de dar tantos empleos.

17 horas Reportan percance en la esquina de Himno Nacional y los Vargas.En este sitio es muy frecuente ver choques entre...
03/07/2026

17 horas

Reportan percance en la esquina de Himno Nacional y los Vargas.

En este sitio es muy frecuente ver choques entre motociclistas que van en la avenida y vehículos que salen de la calle secundaria para cruzar

Si tú vas sobre la avenida principal baja un poquito la velocidad y si tú eres quien va a cruzar hazlo con extrema precaución para evitar algún percance

03/07/2026

ARTÍCULO 9°. El perímetro A es el área comprendida dentro de los límites que demarcan

la Avenida de La Reforma, Avenida Damián Carmona, Avenida de la Paz, Avenida 20 deNoviembre, calle Manuel José Othón, Alameda Juan Sarabia, Avenida de la Constitución,

calles 1° de Mayo y General Pascual M. Hernández.

ARTÍCULO 20. La velocidad máxima permitida con que se deberá conducir o circular por la
vía pública de este Municipio no podrá rebasar los 40 kilómetros por hora, salvo en aquellas
vías en las que la Dirección, señale una distinta.
La Dirección podrá establecer una velocidad menor a la señalada en esta norma, para
tal fin se instalarán los señalamientos correspondientes.

La velocidad no excederá los veinte kilómetros por hora en zonas donde esté ubicado algún
centro educativo, hospitalario, deportivo, iglesia o cualquier otro que tenga afluencia mayor de personas.

HORIZONTALES: Son también señales gráficas todas las líneas, símbolos y leyendas
marcadas en el pavimento para canalizar o dirigir la circulación de vehículos, incluyendo
motocicletas y bicicletas, y peatones. Se utilizan además para delimitar áreas, dividir
espacios o complementar indicaciones de otras señales. Estas se detallan a continuación:
a. RAYAS LONGITUDINALES DISCONTINUAS: Son aquellas que delimitan los
carriles de circulación y guían a los conductores para que permanezcan dentro
de los mismos. Cuando una línea de este tipo se utiliza como división de carriles
de circulación contraria, indica que en esta área se permite rebasar a menos
que haya una señal que indique lo contrario; o que está prohibida esta maniobra
de acuerdo con lo establecido en el Capítulo de la Circulación;
b. RAYAS LONGITUDINALES CONTINUAS: Cuando se colocan a la orilla del
camino, indican el límite de la superficie de rodamiento; estando prohibido
circular fuera de éste. Cuando se utilizan como división de carriles de
circulación contraria, indican una prohibición de rebasar. En caso de
utilizarse para separar carriles de circulación en el mismo sentido indican una
prohibición de cambio de carril;
c. COMBINACIÓN DE RAYAS CENTRALES LONGITUDINALES CONTINUAS Y
DISCONTINUAS: Indican lo mismo que las anteriores, pero su aplicación será
de acuerdo al carril en que se utilicen;
d. RAYAS TRANSVERSALES: Indican el límite de parada de los vehículos,
delimitando también la zona de peatones. No deben ser cruzadas mientras
subsista el motivo de detención del vehículo. En los cruceros donde no existan
estas rayas, la zona de peatones será el espacio comprendido entre el cordón
de banqueta y límite de edificios o propiedades; si no existe banqueta la zona
peatonal se delimitará a un metro con cincuenta centímetros del límite de
propiedad;
e. RAYAS OBLÍCUAS: Advierten la proximidad de un obstáculo y la existencia de
áreas donde se prohíbe la circulación de vehículos. Los conductores deberán
abstenerse de circular sobre ellas;
f. FLECHAS O SÍMBOLOS EN EL PAVIMENTO: Se utilizarán para orientar el
movimiento o dirección que deben seguir los vehículos que circulen sobre el
carril donde existan estas señales, y
g. LÍNEAS DE ESTACIONAMIENTO: Delimitan el espacio para estacionarse.

VERTICALES: Las que se encuentran en lámina o en cualquier otro material y se colocan
en los postes sobre el piso y en las paredes de inmuebles públicos o privados, y podrán ser:
a. PREVENTIVA: Aquellas que advierten la existencia y naturaleza de un peligro o
cambio de situación en el camino. Serán de forma cuadrada, colocadas
verticalmente sobre su vértice inferior. Su color es ámbar en el fondo con
símbolos, leyendas y ribete en color negro;
b. RESTRICTIVAS: Son aquellas que tienen por objeto indicar limitaciones o
prohibiciones que regulan la circulación. Dichas señales tendrán fondo de
color blanco con símbolos, leyendas y ribete en colores negro o rojo; su
forma es cuadrada o rectangular, con excepción de las señales de “ALTO Y
CEDA EL PASO”. La presentación de la primera será en forma octagonal, con
fondo de color rojo y las leyendas y ribete en color blanco. La segunda será
presentada en forma triangular, debiendo colocarse sobre un vértice. Se
utilizarán el color blanco en el fondo, rojo en el ribete y negro en la leyenda
c. INFORMATIVAS: Son aquellas que tienen por objeto guiar a los usuarios e
informarles sobre las calles o caminos, nombres de poblaciones, lugares de
interés, servicios generales y sus distancias. Estas señales, de acuerdo
con su uso, pueden utilizar un fondo de color verde, azul o blanco., parte 20

03/07/2026

ARTÍCULO 9°. El perímetro A es el área comprendida dentro de los límites que demarcan

la Avenida de La Reforma, Avenida Damián Carmona, Avenida de la Paz, Avenida 20 deNoviembre, calle Manuel José Othón, Alameda Juan Sarabia, Avenida de la Constitución,

calles 1° de Mayo y General Pascual M. Hernández.

ARTÍCULO 20. La velocidad máxima permitida con que se deberá conducir o circular por la
vía pública de este Municipio no podrá rebasar los 40 kilómetros por hora, salvo en aquellas
vías en las que la Dirección, señale una distinta.
La Dirección podrá establecer una velocidad menor a la señalada en esta norma, para
tal fin se instalarán los señalamientos correspondientes.

La velocidad no excederá los veinte kilómetros por hora en zonas donde esté ubicado algún
centro educativo, hospitalario, deportivo, iglesia o cualquier otro que tenga afluencia mayor de personas.

HORIZONTALES: Son también señales gráficas todas las líneas, símbolos y leyendas
marcadas en el pavimento para canalizar o dirigir la circulación de vehículos, incluyendo
motocicletas y bicicletas, y peatones. Se utilizan además para delimitar áreas, dividir
espacios o complementar indicaciones de otras señales. Estas se detallan a continuación:
a. RAYAS LONGITUDINALES DISCONTINUAS: Son aquellas que delimitan los
carriles de circulación y guían a los conductores para que permanezcan dentro
de los mismos. Cuando una línea de este tipo se utiliza como división de carriles
de circulación contraria, indica que en esta área se permite rebasar a menos
que haya una señal que indique lo contrario; o que está prohibida esta maniobra
de acuerdo con lo establecido en el Capítulo de la Circulación;
b. RAYAS LONGITUDINALES CONTINUAS: Cuando se colocan a la orilla del
camino, indican el límite de la superficie de rodamiento; estando prohibido
circular fuera de éste. Cuando se utilizan como división de carriles de
circulación contraria, indican una prohibición de rebasar. En caso de
utilizarse para separar carriles de circulación en el mismo sentido indican una
prohibición de cambio de carril;
c. COMBINACIÓN DE RAYAS CENTRALES LONGITUDINALES CONTINUAS Y
DISCONTINUAS: Indican lo mismo que las anteriores, pero su aplicación será
de acuerdo al carril en que se utilicen;
d. RAYAS TRANSVERSALES: Indican el límite de parada de los vehículos,
delimitando también la zona de peatones. No deben ser cruzadas mientras
subsista el motivo de detención del vehículo. En los cruceros donde no existan
estas rayas, la zona de peatones será el espacio comprendido entre el cordón
de banqueta y límite de edificios o propiedades; si no existe banqueta la zona
peatonal se delimitará a un metro con cincuenta centímetros del límite de
propiedad;
e. RAYAS OBLÍCUAS: Advierten la proximidad de un obstáculo y la existencia de
áreas donde se prohíbe la circulación de vehículos. Los conductores deberán
abstenerse de circular sobre ellas;
f. FLECHAS O SÍMBOLOS EN EL PAVIMENTO: Se utilizarán para orientar el
movimiento o dirección que deben seguir los vehículos que circulen sobre el
carril donde existan estas señales, y
g. LÍNEAS DE ESTACIONAMIENTO: Delimitan el espacio para estacionarse.

VERTICALES: Las que se encuentran en lámina o en cualquier otro material y se colocan
en los postes sobre el piso y en las paredes de inmuebles públicos o privados, y podrán ser:
a. PREVENTIVA: Aquellas que advierten la existencia y naturaleza de un peligro o
cambio de situación en el camino. Serán de forma cuadrada, colocadas
verticalmente sobre su vértice inferior. Su color es ámbar en el fondo con
símbolos, leyendas y ribete en color negro;
b. RESTRICTIVAS: Son aquellas que tienen por objeto indicar limitaciones o
prohibiciones que regulan la circulación. Dichas señales tendrán fondo de
color blanco con símbolos, leyendas y ribete en colores negro o rojo; su
forma es cuadrada o rectangular, con excepción de las señales de “ALTO Y
CEDA EL PASO”. La presentación de la primera será en forma octagonal, con
fondo de color rojo y las leyendas y ribete en color blanco. La segunda será
presentada en forma triangular, debiendo colocarse sobre un vértice. Se
utilizarán el color blanco en el fondo, rojo en el ribete y negro en la leyenda
c. INFORMATIVAS: Son aquellas que tienen por objeto guiar a los usuarios e
informarles sobre las calles o caminos, nombres de poblaciones, lugares de
interés, servicios generales y sus distancias. Estas señales, de acuerdo
con su uso, pueden utilizar un fondo de color verde, azul o blanco., parte 19

03/07/2026

ARTÍCULO 9°. El perímetro A es el área comprendida dentro de los límites que demarcan

la Avenida de La Reforma, Avenida Damián Carmona, Avenida de la Paz, Avenida 20 deNoviembre, calle Manuel José Othón, Alameda Juan Sarabia, Avenida de la Constitución,

calles 1° de Mayo y General Pascual M. Hernández.

ARTÍCULO 20. La velocidad máxima permitida con que se deberá conducir o circular por la
vía pública de este Municipio no podrá rebasar los 40 kilómetros por hora, salvo en aquellas
vías en las que la Dirección, señale una distinta.
La Dirección podrá establecer una velocidad menor a la señalada en esta norma, para
tal fin se instalarán los señalamientos correspondientes.

La velocidad no excederá los veinte kilómetros por hora en zonas donde esté ubicado algún
centro educativo, hospitalario, deportivo, iglesia o cualquier otro que tenga afluencia mayor de personas.

HORIZONTALES: Son también señales gráficas todas las líneas, símbolos y leyendas
marcadas en el pavimento para canalizar o dirigir la circulación de vehículos, incluyendo
motocicletas y bicicletas, y peatones. Se utilizan además para delimitar áreas, dividir
espacios o complementar indicaciones de otras señales. Estas se detallan a continuación:
a. RAYAS LONGITUDINALES DISCONTINUAS: Son aquellas que delimitan los
carriles de circulación y guían a los conductores para que permanezcan dentro
de los mismos. Cuando una línea de este tipo se utiliza como división de carriles
de circulación contraria, indica que en esta área se permite rebasar a menos
que haya una señal que indique lo contrario; o que está prohibida esta maniobra
de acuerdo con lo establecido en el Capítulo de la Circulación;
b. RAYAS LONGITUDINALES CONTINUAS: Cuando se colocan a la orilla del
camino, indican el límite de la superficie de rodamiento; estando prohibido
circular fuera de éste. Cuando se utilizan como división de carriles de
circulación contraria, indican una prohibición de rebasar. En caso de
utilizarse para separar carriles de circulación en el mismo sentido indican una
prohibición de cambio de carril;
c. COMBINACIÓN DE RAYAS CENTRALES LONGITUDINALES CONTINUAS Y
DISCONTINUAS: Indican lo mismo que las anteriores, pero su aplicación será
de acuerdo al carril en que se utilicen;
d. RAYAS TRANSVERSALES: Indican el límite de parada de los vehículos,
delimitando también la zona de peatones. No deben ser cruzadas mientras
subsista el motivo de detención del vehículo. En los cruceros donde no existan
estas rayas, la zona de peatones será el espacio comprendido entre el cordón
de banqueta y límite de edificios o propiedades; si no existe banqueta la zona
peatonal se delimitará a un metro con cincuenta centímetros del límite de
propiedad;
e. RAYAS OBLÍCUAS: Advierten la proximidad de un obstáculo y la existencia de
áreas donde se prohíbe la circulación de vehículos. Los conductores deberán
abstenerse de circular sobre ellas;
f. FLECHAS O SÍMBOLOS EN EL PAVIMENTO: Se utilizarán para orientar el
movimiento o dirección que deben seguir los vehículos que circulen sobre el
carril donde existan estas señales, y
g. LÍNEAS DE ESTACIONAMIENTO: Delimitan el espacio para estacionarse.

VERTICALES: Las que se encuentran en lámina o en cualquier otro material y se colocan
en los postes sobre el piso y en las paredes de inmuebles públicos o privados, y podrán ser:
a. PREVENTIVA: Aquellas que advierten la existencia y naturaleza de un peligro o
cambio de situación en el camino. Serán de forma cuadrada, colocadas
verticalmente sobre su vértice inferior. Su color es ámbar en el fondo con
símbolos, leyendas y ribete en color negro;
b. RESTRICTIVAS: Son aquellas que tienen por objeto indicar limitaciones o
prohibiciones que regulan la circulación. Dichas señales tendrán fondo de
color blanco con símbolos, leyendas y ribete en colores negro o rojo; su
forma es cuadrada o rectangular, con excepción de las señales de “ALTO Y
CEDA EL PASO”. La presentación de la primera será en forma octagonal, con
fondo de color rojo y las leyendas y ribete en color blanco. La segunda será
presentada en forma triangular, debiendo colocarse sobre un vértice. Se
utilizarán el color blanco en el fondo, rojo en el ribete y negro en la leyenda
c. INFORMATIVAS: Son aquellas que tienen por objeto guiar a los usuarios e
informarles sobre las calles o caminos, nombres de poblaciones, lugares de
interés, servicios generales y sus distancias. Estas señales, de acuerdo
con su uso, pueden utilizar un fondo de color verde, azul o blanco., parte 18

03/07/2026

ARTÍCULO 9°. El perímetro A es el área comprendida dentro de los límites que demarcan

la Avenida de La Reforma, Avenida Damián Carmona, Avenida de la Paz, Avenida 20 deNoviembre, calle Manuel José Othón, Alameda Juan Sarabia, Avenida de la Constitución,

calles 1° de Mayo y General Pascual M. Hernández.

ARTÍCULO 20. La velocidad máxima permitida con que se deberá conducir o circular por la
vía pública de este Municipio no podrá rebasar los 40 kilómetros por hora, salvo en aquellas
vías en las que la Dirección, señale una distinta.
La Dirección podrá establecer una velocidad menor a la señalada en esta norma, para
tal fin se instalarán los señalamientos correspondientes.

La velocidad no excederá los veinte kilómetros por hora en zonas donde esté ubicado algún
centro educativo, hospitalario, deportivo, iglesia o cualquier otro que tenga afluencia mayor de personas.

HORIZONTALES: Son también señales gráficas todas las líneas, símbolos y leyendas
marcadas en el pavimento para canalizar o dirigir la circulación de vehículos, incluyendo
motocicletas y bicicletas, y peatones. Se utilizan además para delimitar áreas, dividir
espacios o complementar indicaciones de otras señales. Estas se detallan a continuación:
a. RAYAS LONGITUDINALES DISCONTINUAS: Son aquellas que delimitan los
carriles de circulación y guían a los conductores para que permanezcan dentro
de los mismos. Cuando una línea de este tipo se utiliza como división de carriles
de circulación contraria, indica que en esta área se permite rebasar a menos
que haya una señal que indique lo contrario; o que está prohibida esta maniobra
de acuerdo con lo establecido en el Capítulo de la Circulación;
b. RAYAS LONGITUDINALES CONTINUAS: Cuando se colocan a la orilla del
camino, indican el límite de la superficie de rodamiento; estando prohibido
circular fuera de éste. Cuando se utilizan como división de carriles de
circulación contraria, indican una prohibición de rebasar. En caso de
utilizarse para separar carriles de circulación en el mismo sentido indican una
prohibición de cambio de carril;
c. COMBINACIÓN DE RAYAS CENTRALES LONGITUDINALES CONTINUAS Y
DISCONTINUAS: Indican lo mismo que las anteriores, pero su aplicación será
de acuerdo al carril en que se utilicen;
d. RAYAS TRANSVERSALES: Indican el límite de parada de los vehículos,
delimitando también la zona de peatones. No deben ser cruzadas mientras
subsista el motivo de detención del vehículo. En los cruceros donde no existan
estas rayas, la zona de peatones será el espacio comprendido entre el cordón
de banqueta y límite de edificios o propiedades; si no existe banqueta la zona
peatonal se delimitará a un metro con cincuenta centímetros del límite de
propiedad;
e. RAYAS OBLÍCUAS: Advierten la proximidad de un obstáculo y la existencia de
áreas donde se prohíbe la circulación de vehículos. Los conductores deberán
abstenerse de circular sobre ellas;
f. FLECHAS O SÍMBOLOS EN EL PAVIMENTO: Se utilizarán para orientar el
movimiento o dirección que deben seguir los vehículos que circulen sobre el
carril donde existan estas señales, y
g. LÍNEAS DE ESTACIONAMIENTO: Delimitan el espacio para estacionarse.

VERTICALES: Las que se encuentran en lámina o en cualquier otro material y se colocan
en los postes sobre el piso y en las paredes de inmuebles públicos o privados, y podrán ser:
a. PREVENTIVA: Aquellas que advierten la existencia y naturaleza de un peligro o
cambio de situación en el camino. Serán de forma cuadrada, colocadas
verticalmente sobre su vértice inferior. Su color es ámbar en el fondo con
símbolos, leyendas y ribete en color negro;
b. RESTRICTIVAS: Son aquellas que tienen por objeto indicar limitaciones o
prohibiciones que regulan la circulación. Dichas señales tendrán fondo de
color blanco con símbolos, leyendas y ribete en colores negro o rojo; su
forma es cuadrada o rectangular, con excepción de las señales de “ALTO Y
CEDA EL PASO”. La presentación de la primera será en forma octagonal, con
fondo de color rojo y las leyendas y ribete en color blanco. La segunda será
presentada en forma triangular, debiendo colocarse sobre un vértice. Se
utilizarán el color blanco en el fondo, rojo en el ribete y negro en la leyenda
c. INFORMATIVAS: Son aquellas que tienen por objeto guiar a los usuarios e
informarles sobre las calles o caminos, nombres de poblaciones, lugares de
interés, servicios generales y sus distancias. Estas señales, de acuerdo
con su uso, pueden utilizar un fondo de color verde, azul o blanco., parte 17

03/07/2026

ARTÍCULO 9°. El perímetro A es el área comprendida dentro de los límites que demarcan

la Avenida de La Reforma, Avenida Damián Carmona, Avenida de la Paz, Avenida 20 deNoviembre, calle Manuel José Othón, Alameda Juan Sarabia, Avenida de la Constitución,

calles 1° de Mayo y General Pascual M. Hernández.

ARTÍCULO 20. La velocidad máxima permitida con que se deberá conducir o circular por la
vía pública de este Municipio no podrá rebasar los 40 kilómetros por hora, salvo en aquellas
vías en las que la Dirección, señale una distinta.
La Dirección podrá establecer una velocidad menor a la señalada en esta norma, para
tal fin se instalarán los señalamientos correspondientes.

La velocidad no excederá los veinte kilómetros por hora en zonas donde esté ubicado algún
centro educativo, hospitalario, deportivo, iglesia o cualquier otro que tenga afluencia mayor de personas.

HORIZONTALES: Son también señales gráficas todas las líneas, símbolos y leyendas
marcadas en el pavimento para canalizar o dirigir la circulación de vehículos, incluyendo
motocicletas y bicicletas, y peatones. Se utilizan además para delimitar áreas, dividir
espacios o complementar indicaciones de otras señales. Estas se detallan a continuación:
a. RAYAS LONGITUDINALES DISCONTINUAS: Son aquellas que delimitan los
carriles de circulación y guían a los conductores para que permanezcan dentro
de los mismos. Cuando una línea de este tipo se utiliza como división de carriles
de circulación contraria, indica que en esta área se permite rebasar a menos
que haya una señal que indique lo contrario; o que está prohibida esta maniobra
de acuerdo con lo establecido en el Capítulo de la Circulación;
b. RAYAS LONGITUDINALES CONTINUAS: Cuando se colocan a la orilla del
camino, indican el límite de la superficie de rodamiento; estando prohibido
circular fuera de éste. Cuando se utilizan como división de carriles de
circulación contraria, indican una prohibición de rebasar. En caso de
utilizarse para separar carriles de circulación en el mismo sentido indican una
prohibición de cambio de carril;
c. COMBINACIÓN DE RAYAS CENTRALES LONGITUDINALES CONTINUAS Y
DISCONTINUAS: Indican lo mismo que las anteriores, pero su aplicación será
de acuerdo al carril en que se utilicen;
d. RAYAS TRANSVERSALES: Indican el límite de parada de los vehículos,
delimitando también la zona de peatones. No deben ser cruzadas mientras
subsista el motivo de detención del vehículo. En los cruceros donde no existan
estas rayas, la zona de peatones será el espacio comprendido entre el cordón
de banqueta y límite de edificios o propiedades; si no existe banqueta la zona
peatonal se delimitará a un metro con cincuenta centímetros del límite de
propiedad;
e. RAYAS OBLÍCUAS: Advierten la proximidad de un obstáculo y la existencia de
áreas donde se prohíbe la circulación de vehículos. Los conductores deberán
abstenerse de circular sobre ellas;
f. FLECHAS O SÍMBOLOS EN EL PAVIMENTO: Se utilizarán para orientar el
movimiento o dirección que deben seguir los vehículos que circulen sobre el
carril donde existan estas señales, y
g. LÍNEAS DE ESTACIONAMIENTO: Delimitan el espacio para estacionarse.

VERTICALES: Las que se encuentran en lámina o en cualquier otro material y se colocan
en los postes sobre el piso y en las paredes de inmuebles públicos o privados, y podrán ser:
a. PREVENTIVA: Aquellas que advierten la existencia y naturaleza de un peligro o
cambio de situación en el camino. Serán de forma cuadrada, colocadas
verticalmente sobre su vértice inferior. Su color es ámbar en el fondo con
símbolos, leyendas y ribete en color negro;
b. RESTRICTIVAS: Son aquellas que tienen por objeto indicar limitaciones o
prohibiciones que regulan la circulación. Dichas señales tendrán fondo de
color blanco con símbolos, leyendas y ribete en colores negro o rojo; su
forma es cuadrada o rectangular, con excepción de las señales de “ALTO Y
CEDA EL PASO”. La presentación de la primera será en forma octagonal, con
fondo de color rojo y las leyendas y ribete en color blanco. La segunda será
presentada en forma triangular, debiendo colocarse sobre un vértice. Se
utilizarán el color blanco en el fondo, rojo en el ribete y negro en la leyenda
c. INFORMATIVAS: Son aquellas que tienen por objeto guiar a los usuarios e
informarles sobre las calles o caminos, nombres de poblaciones, lugares de
interés, servicios generales y sus distancias. Estas señales, de acuerdo
con su uso, pueden utilizar un fondo de color verde, azul o blanco., parte 16

03/07/2026

ARTÍCULO 9°. El perímetro A es el área comprendida dentro de los límites que demarcan

la Avenida de La Reforma, Avenida Damián Carmona, Avenida de la Paz, Avenida 20 deNoviembre, calle Manuel José Othón, Alameda Juan Sarabia, Avenida de la Constitución,

calles 1° de Mayo y General Pascual M. Hernández.

ARTÍCULO 20. La velocidad máxima permitida con que se deberá conducir o circular por la
vía pública de este Municipio no podrá rebasar los 40 kilómetros por hora, salvo en aquellas
vías en las que la Dirección, señale una distinta.
La Dirección podrá establecer una velocidad menor a la señalada en esta norma, para
tal fin se instalarán los señalamientos correspondientes.

La velocidad no excederá los veinte kilómetros por hora en zonas donde esté ubicado algún
centro educativo, hospitalario, deportivo, iglesia o cualquier otro que tenga afluencia mayor de personas.

HORIZONTALES: Son también señales gráficas todas las líneas, símbolos y leyendas
marcadas en el pavimento para canalizar o dirigir la circulación de vehículos, incluyendo
motocicletas y bicicletas, y peatones. Se utilizan además para delimitar áreas, dividir
espacios o complementar indicaciones de otras señales. Estas se detallan a continuación:
a. RAYAS LONGITUDINALES DISCONTINUAS: Son aquellas que delimitan los
carriles de circulación y guían a los conductores para que permanezcan dentro
de los mismos. Cuando una línea de este tipo se utiliza como división de carriles
de circulación contraria, indica que en esta área se permite rebasar a menos
que haya una señal que indique lo contrario; o que está prohibida esta maniobra
de acuerdo con lo establecido en el Capítulo de la Circulación;
b. RAYAS LONGITUDINALES CONTINUAS: Cuando se colocan a la orilla del
camino, indican el límite de la superficie de rodamiento; estando prohibido
circular fuera de éste. Cuando se utilizan como división de carriles de
circulación contraria, indican una prohibición de rebasar. En caso de
utilizarse para separar carriles de circulación en el mismo sentido indican una
prohibición de cambio de carril;
c. COMBINACIÓN DE RAYAS CENTRALES LONGITUDINALES CONTINUAS Y
DISCONTINUAS: Indican lo mismo que las anteriores, pero su aplicación será
de acuerdo al carril en que se utilicen;
d. RAYAS TRANSVERSALES: Indican el límite de parada de los vehículos,
delimitando también la zona de peatones. No deben ser cruzadas mientras
subsista el motivo de detención del vehículo. En los cruceros donde no existan
estas rayas, la zona de peatones será el espacio comprendido entre el cordón
de banqueta y límite de edificios o propiedades; si no existe banqueta la zona
peatonal se delimitará a un metro con cincuenta centímetros del límite de
propiedad;
e. RAYAS OBLÍCUAS: Advierten la proximidad de un obstáculo y la existencia de
áreas donde se prohíbe la circulación de vehículos. Los conductores deberán
abstenerse de circular sobre ellas;
f. FLECHAS O SÍMBOLOS EN EL PAVIMENTO: Se utilizarán para orientar el
movimiento o dirección que deben seguir los vehículos que circulen sobre el
carril donde existan estas señales, y
g. LÍNEAS DE ESTACIONAMIENTO: Delimitan el espacio para estacionarse.

VERTICALES: Las que se encuentran en lámina o en cualquier otro material y se colocan
en los postes sobre el piso y en las paredes de inmuebles públicos o privados, y podrán ser:
a. PREVENTIVA: Aquellas que advierten la existencia y naturaleza de un peligro o
cambio de situación en el camino. Serán de forma cuadrada, colocadas
verticalmente sobre su vértice inferior. Su color es ámbar en el fondo con
símbolos, leyendas y ribete en color negro;
b. RESTRICTIVAS: Son aquellas que tienen por objeto indicar limitaciones o
prohibiciones que regulan la circulación. Dichas señales tendrán fondo de
color blanco con símbolos, leyendas y ribete en colores negro o rojo; su
forma es cuadrada o rectangular, con excepción de las señales de “ALTO Y
CEDA EL PASO”. La presentación de la primera será en forma octagonal, con
fondo de color rojo y las leyendas y ribete en color blanco. La segunda será
presentada en forma triangular, debiendo colocarse sobre un vértice. Se
utilizarán el color blanco en el fondo, rojo en el ribete y negro en la leyenda
c. INFORMATIVAS: Son aquellas que tienen por objeto guiar a los usuarios e
informarles sobre las calles o caminos, nombres de poblaciones, lugares de
interés, servicios generales y sus distancias. Estas señales, de acuerdo
con su uso, pueden utilizar un fondo de color verde, azul o blanco., parte 15

03/07/2026

ARTÍCULO 9°. El perímetro A es el área comprendida dentro de los límites que demarcan

la Avenida de La Reforma, Avenida Damián Carmona, Avenida de la Paz, Avenida 20 deNoviembre, calle Manuel José Othón, Alameda Juan Sarabia, Avenida de la Constitución,

calles 1° de Mayo y General Pascual M. Hernández.

ARTÍCULO 20. La velocidad máxima permitida con que se deberá conducir o circular por la
vía pública de este Municipio no podrá rebasar los 40 kilómetros por hora, salvo en aquellas
vías en las que la Dirección, señale una distinta.
La Dirección podrá establecer una velocidad menor a la señalada en esta norma, para
tal fin se instalarán los señalamientos correspondientes.

La velocidad no excederá los veinte kilómetros por hora en zonas donde esté ubicado algún
centro educativo, hospitalario, deportivo, iglesia o cualquier otro que tenga afluencia mayor de personas.

HORIZONTALES: Son también señales gráficas todas las líneas, símbolos y leyendas
marcadas en el pavimento para canalizar o dirigir la circulación de vehículos, incluyendo
motocicletas y bicicletas, y peatones. Se utilizan además para delimitar áreas, dividir
espacios o complementar indicaciones de otras señales. Estas se detallan a continuación:
a. RAYAS LONGITUDINALES DISCONTINUAS: Son aquellas que delimitan los
carriles de circulación y guían a los conductores para que permanezcan dentro
de los mismos. Cuando una línea de este tipo se utiliza como división de carriles
de circulación contraria, indica que en esta área se permite rebasar a menos
que haya una señal que indique lo contrario; o que está prohibida esta maniobra
de acuerdo con lo establecido en el Capítulo de la Circulación;
b. RAYAS LONGITUDINALES CONTINUAS: Cuando se colocan a la orilla del
camino, indican el límite de la superficie de rodamiento; estando prohibido
circular fuera de éste. Cuando se utilizan como división de carriles de
circulación contraria, indican una prohibición de rebasar. En caso de
utilizarse para separar carriles de circulación en el mismo sentido indican una
prohibición de cambio de carril;
c. COMBINACIÓN DE RAYAS CENTRALES LONGITUDINALES CONTINUAS Y
DISCONTINUAS: Indican lo mismo que las anteriores, pero su aplicación será
de acuerdo al carril en que se utilicen;
d. RAYAS TRANSVERSALES: Indican el límite de parada de los vehículos,
delimitando también la zona de peatones. No deben ser cruzadas mientras
subsista el motivo de detención del vehículo. En los cruceros donde no existan
estas rayas, la zona de peatones será el espacio comprendido entre el cordón
de banqueta y límite de edificios o propiedades; si no existe banqueta la zona
peatonal se delimitará a un metro con cincuenta centímetros del límite de
propiedad;
e. RAYAS OBLÍCUAS: Advierten la proximidad de un obstáculo y la existencia de
áreas donde se prohíbe la circulación de vehículos. Los conductores deberán
abstenerse de circular sobre ellas;
f. FLECHAS O SÍMBOLOS EN EL PAVIMENTO: Se utilizarán para orientar el
movimiento o dirección que deben seguir los vehículos que circulen sobre el
carril donde existan estas señales, y
g. LÍNEAS DE ESTACIONAMIENTO: Delimitan el espacio para estacionarse.

VERTICALES: Las que se encuentran en lámina o en cualquier otro material y se colocan
en los postes sobre el piso y en las paredes de inmuebles públicos o privados, y podrán ser:
a. PREVENTIVA: Aquellas que advierten la existencia y naturaleza de un peligro o
cambio de situación en el camino. Serán de forma cuadrada, colocadas
verticalmente sobre su vértice inferior. Su color es ámbar en el fondo con
símbolos, leyendas y ribete en color negro;
b. RESTRICTIVAS: Son aquellas que tienen por objeto indicar limitaciones o
prohibiciones que regulan la circulación. Dichas señales tendrán fondo de
color blanco con símbolos, leyendas y ribete en colores negro o rojo; su
forma es cuadrada o rectangular, con excepción de las señales de “ALTO Y
CEDA EL PASO”. La presentación de la primera será en forma octagonal, con
fondo de color rojo y las leyendas y ribete en color blanco. La segunda será
presentada en forma triangular, debiendo colocarse sobre un vértice. Se
utilizarán el color blanco en el fondo, rojo en el ribete y negro en la leyenda
c. INFORMATIVAS: Son aquellas que tienen por objeto guiar a los usuarios e
informarles sobre las calles o caminos, nombres de poblaciones, lugares de
interés, servicios generales y sus distancias. Estas señales, de acuerdo
con su uso, pueden utilizar un fondo de color verde, azul o blanco., parte 14

Dirección

Coronel Ontañon 405
San Luis Potosí
78330

Horario de Apertura

Lunes 10am - 6pm
Martes 10am - 6pm
Miércoles 10am - 6pm
Jueves 10am - 6pm
Viernes 10am - 6pm

Teléfono

+524444152964

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando SLP Conduce Ya . Com publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a SLP Conduce Ya . Com:

Compartir

Categoría