21/05/2024
El 30 de junio finaliza el periodo de aviso en Madrid ZBE para todo el término municipal.
Vehículos automóviles turismo con clasificación ambiental “A”.
Mayo de 2024
- Fin del periodo de aviso para vehículos sin etiqueta ambiental no empadronados en Madrid.
- A partir del 1 de julio los accesos indebidos serán sancionados.
- Madrid Zonas de Bajas Emisiones abarca cualquier vía pública urbana de la ciudad de Madrid.
Desde el 1 de enero, los turismos con clasificación ambiental A no empadronados en Madrid o que no estén dados de alta en el IVTM en la capital antes del 1 de enero de 2022 no pueden circular por todo el término del municipio de Madrid.
Hasta el 30 de junio los vehículos con accesos indebidos recibirán una carta informativa advirtiendo de que habría sido sancionado por infringir la Ordenanza de Movilidad Sostenible. No obstante, podrán ser sancionados si son detenidos por un agente de la autoridad.
Les recordamos que, aunque la asociación lo ha requerido en numerosas ocasiones y por diferentes vías, los talleres no disponen de permisos para dar accesos a vehículos que no cumplan lo requisitos establecidos en la Ordenanza.
Por lo tanto, a partir del 1 de julio, los vehículos sin etiqueta no empadronados en Madrid serán sancionados, aunque el motivo del acceso sea entrar a su taller
RECORDATORIO:
A partir del 1 de enero de 2025 solo podrán circular los siguientes vehículos con clasificación ambiental A:
• Los vehículos especialmente adaptados para ser conducidos por o trasladar personas con movilidad reducida siempre que figuren de alta en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
• Los vehículos que tengan reconocida la consideración de ‘históricos’ conforme a la normativa correspondiente (Reglamento de vehículos históricos).
• Los vehículos de emergencias (extinción de incendios) y Fuerzas Armadas.
Es decir, a partir del 1 de enero del 2025, aunque un vehículo se encuentre empadronado en el municipio, si no dispone de etiqueta ambiental; no podrá circular por ninguna vía pública urbana de la ciudad.