15/03/2017
IDENTIFICACION DE MOTOVEHICULOS, EN RELACION A LAS NORMAS DICTADAS EN LA FECHA POR EL GOBIERNO NACIONAL MAS ABAJO TRANSCRIBIMOS EL DECRETO, QUE ENTRA EN VIGENCIA EN JUNIO VENIDERO Y EN RESUMEN SEÑALA:
a ) La identificación o patente del motovehículo debe estar adherida al casco, en letras y números reflectantes, sin que coincida el color con el fondo del casco .
b) Las letras y numeros deben tener 3 centímetros de alto, 2 centímetros de ancho y el grosor de cada letra y el n° de 0,5cm.
c) Se debe colocar ia identificación en AMBOS LATERALES DELCASCO.
d) EL ACOMPAÑANTE: Debe usar chaleco reflectante tambien con el DOMINIO O PATENTE del motovehículo, en el FRENTE del chaleco y en el DORSO (la espalda).
e) CHALECO REFLECTANTE: las letras y números del dominio o patente , en el chaleco debe tener 10 centímetros de altura, 6cm de ancho y el grosor de la letra y número debe ser de 1,5cm.
Si el acompañante no llevare chaleco, debe usar bandas reflactantes y DEBE COLOCARSE EL DOMINIO O PATENTE DE LA MOTO EN ELLAS.
f) ES OBLIGATORIO UTILIZAR CHALECO Y CASCO CON EL DOMINIO O PATENTE DEL MOTOVEHÍCULO PARA LA CARGA DE COMBUSTIBLE.
g) el incumplimiento, en cualquiera de los casos expuestos, corroborada por la autoridad de control (polícia, gendarmería, prefectura) DA LUGAR A LA RETENCION DEL VEHÍCULO.